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Expedición de certificados, copias y duplicados

 
Descripción del trámite

Este trámite permite: obtener la copia de documentos que formen parte de un expediente administrativo; obtener la certificación expresa de un acta, resolución o acuerdo de los órganos de gobierno que se hayan producido en la Universidad; obtener el documento que certifica que una determinada persona o empresa externa contratada ha prestado o presta servicios a la Universidad en unas determinadas fechas, según constan en el expediente de personal.

Quién lo puede solicitarCualquier persona interesada en el expediente y/o trámite o bien un/a representante debidamente autorizado/a o acreditado/a. 
Canales de tramitación
Periodo del año en el cual se puede tramitarEn cualquier momento. Por supuestos concretos deberá des estar en la normativa específica reguladora.
PrecioEste trámite es gratuito. 
Documentación que aportar

Hay que aportar a documentación del listado siguiente:

  • Datos identificativos de la persona interesada (física DNI/NIE), o bien datos y autorización de la persona que represente. 
  • Datos identificativos de la resolución/acta/expediente sobre el que se presenta la solicitud y concreción de la petición que se realiza.
Plazo de resolución
  • En el caso de la solicitud de copia de documentos, por la naturaleza del trámite no se contempla un plazo prestablecido.
  • En el caso de solicitudes de certificado acreditativo de actas, resoluciones o acuerdos de los órganos de gobierno y del certificado de servicios prestados a la Universidad, el plazo legal es de tres meses a contemplar desde la fecha de registro de la solicitud. 
Unidad tramitadoraLa unidad tramitadora variará en función del tipo de expedición de certificado, copia o duplicado que se solicita. 
Silencio administrativoEn terminos generales, el silencio administrativo relativo al derecho de petición tiene efectos desestimatorios. 
Normativa del silencio administrativoLey 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Vías de reclamaciónLas ordinarias del procedimiento administrativo. 

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